Inicio » Centro de Documentación » ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio fiscal 2019

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio fiscal 2019

SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

PRIMERA SECCIÓN

PODER EJECUTIVO

EDICIÓN VESPERTINA

Viernes 1 de marzo de 2019

SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio fiscal 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 175 y 176 del Reglamento Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183,190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1, 2, 3 fracciones II, III, IV, VII, X, XII y XIII, 5 y 7 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX y XXVI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 25, 26 y 32y los Anexos 11 y 26del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1, 2, 3 y 5 fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el Artículo 26 de la CPEUM establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que el Estado, a través del Gobierno Federal impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable; además de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país;

Que en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, se incluye en los Anexos 11 y 26 relativo al “Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable”, al “Programa de Fertilizantes”, como uno de los principales programas del Ramo Agricultura y Desarrollo Rural.

En este tenor, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FERTILIZANTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

TÍTULO I

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos para Operación del Programa de Fertilizantes para el Ejercicio Fiscal 2019.

Artículo 2.- Glosario de Términos

Para efectos y aplicación del Programa contenido en los presentes Lineamientos, se entenderá por:

I.        Apoyos.-Se refiere a la entrega en especie que se otorga al pequeño productor solicitante que cumple con los requisitos, lineamientos, documentos, caracterización y trámites a que se refieren estos Lineamientos.

II.       Beneficiario.-Persona física que recibe el apoyo previsto en los presentes Lineamientos.

III.      CADER.- Centro de Atención para el Desarrollo Rural de la SADER.

IV.      Cultivos prioritarios.-Se consideran maíz, arroz y frijol, café y caña de azúcar.

V.       CURP.-Clave Única de Registro de Población. - Es la secuencia alfanumérica que identifica a cada persona, otorgada por la Secretaría de Gobernación.

VI.      Estratos E1 y E2.-Clasificación de la población rural según el Diagnóstico del Sector Rural y Pesquero, emitido por SAGARPA-FAO en el 2012:

          a) Estrato E1:Familiar de subsistencia sin vinculación al mercado, su rasgo principal es que no presenta ingresos por ventas o sólo realiza ventas esporádicas de “excedentes no planeados”, pues el objetivo de su producción no es el mercado y, por tanto, los integrantes de este Estrato no la consideran relevante en su generación de ingreso.

          b) Estrato E2:Familiar de subsistencia con vinculación al mercado, tiene un carácter familiar y presenta ventas de productos primarios que no superan los $55,200.00 pesos anuales. Adicionalmente, las UER de este Estrato presentan emprendimientos no agropecuarios de menor escala; así como la venta de servicios de mano de obra asalariada, lo que complementa el ingreso familiar.

VII.     Padrón de Solicitantes y Beneficiario de la SADER.-Registro que contiene los datos de identificación de las personas físicas y morales que solicitan, y de ser el caso, resultan beneficiadas con alguno de los incentivos previstos en los diferentes Programas a cargo de la SADER, previsto en el Artículo 140 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

VIII.    Pequeño Productor.-Persona física o moral con actividad agropecuaria, y demás actividades económicas vinculadas al medio rural, que pertenezcan a los estratos E1y E2.

IX.      Programa.-Programa de Fertilizantes.

X.       Región Sur – Sureste.- Comprende los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Quintana Roo, Oaxaca, Tabasco, Yucatán y Veracruz.

XI.      SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

XII.     SURI.-Sistema Único de Registro de Información de personas físicas y morales beneficiarias de los Programas de la SADER.

XIII.    Unidad Responsable.- Serála Dirección General de Productividad y Desarrollo Tecnológico (DGPDT) adscrita a la Subsecretaría de Agricultura, quien publicará el Procedimiento General Operativo del Programa y demás disposiciones específicas para su implementación; misma que vigilará que todos los solicitantes que presenten una petición para acceder al apoyo de este Programa se encuentren registrados en el Padrón Único de Solicitantes y Beneficiarios de la SADER y con sus datos debidamente actualizados, antes de que les sea otorgado el apoyo.

XIV.    Vale Único.-Instrumento documental único e intransferible, mismo que contara con los datos del beneficiario, superficie y cantidad de fertilizantes.

Artículo 3.- Objetivo del Programa

Aumentar la disponibilidad oportuna de fertilizantes químicos y biológicos para contribuir a mejorar la productividad agrícola en localidades de alto y muy alto grado de marginación.

Artículo 4.- Aplicación

El Programa se aplicará, de conformidad con los presentes Lineamientos de Operación y sujeto a las disponibilidades presupuestarias autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 5.- Interpretación

La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estos Lineamientos, serán facultad de la Unidad Responsable, en los términos de las disposiciones aplicables en la materia, sin perjuicio de las facultades de la Oficina del Abogado General.

Artículo 6.- Cobertura

El Programa cubrirá localidades de alto y muy alto grado de marginación, dando prioridad a los estados de la Región Sur - Sureste.

CAPÍTULO II

OPERACIÓN DEL PROGRAMA

Artículo 7.- Población Objetivo

Pequeños productores de cultivos prioritarios ubicados en localidades de alto y muy alto grado de marginación.

Artículo 8.- Conceptos de apoyo

Los conceptos de apoyo serán destinados a personas físicas dedicadas a la producción de maíz, frijol o arroz ubicados en localidades de alto y muy alto grado de marginación.

Concepto de ApoyoMontos Máximos de Apoyo
Fertilizante Hasta 450 kilogramos de fertilizante por hectárea, sin rebasar 3 hectáreas por productor.

Artículo 9.- Convocatoria

La Unidad Responsable publicará la convocatoria para aquellos interesados en ser sujetos de apoyo en la página https://www.gob.mx/saderde la SADER.

Las convocatorias para la implementación del Programa deberán contener al menos, lo siguiente:

I.      Los apoyos que ofrece el Programa;

II.     Los requisitos y documentación que deberán cumplir las personas interesadas en ser beneficiarios del Programa, y

III.    La ubicación, los días y los horarios de atención de las ventanillas para recibir las solicitudes.

CAPÍTULO III

BENEFICIARIOS

Artículo 10.- Requisitos para la solicitud de apoyos

Los requisitos para acceder al apoyo del Programa son los siguientes:

I.      Ser pequeño productor de cultivos prioritarios.

II.     Contar con el registro en el Padrón Único de Solicitantes y Beneficiarios de la SADER.

III.    Completar la Solicitud de apoyo, Anexo II.

IV.    Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional, o cedula profesional).

V.    CURP, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar esta.

VI.    Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el H. Ayuntamiento o delegado de la Comunidad), con una vigencia no mayor a 3 meses anteriores a la fecha de solicitud.

VII.   Acreditar, la legal posesión del predio conforme al Anexo I.

VIII.  Los productores que hayan sido beneficiarios del PROAGRO productivo o PIMAF durante el ejercicio fiscal 2018, únicamente deberán presentar el comprobante de domicilio actualizado y solicitud correspondiente.

Artículo 11.- Derechos y obligaciones de los Beneficiarios del PROGRAMA

I.      Son derechos de los beneficiarios:

a.     Recibir asesoría por parte de la Unidad Responsable, respecto al contenido de estos Lineamientos;

b.     Interponer las quejas y denuncias en los términos establecido en los presentes Lineamientos;

c.     Ejercer los medios de defensa contra los actos y resoluciones emitidos por la Unidad Responsable y/o Instancias Ejecutoras en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

d.     Los derechos establecidos específicamente en el Programa de los presentes Lineamientos, y

e.     Denunciar y/o declarar actos de corrupción y malos manejos del Programa.

II.     Son obligaciones de los beneficiarios:

a.     Permitir recabar la evidencia fotográfica de la entrega del apoyo por parte de la Instancia Ejecutora.

b.     Aplicar para los fines autorizados del apoyo recibido y conservar los documentos de acreditación en los términos de la legislación aplicable, y

c.     Aceptar, facilitar y atender en cualquier etapa del proceso para la entrega del incentivo y posterior a ésta, verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte de las unidades responsables, las instancias ejecutoras, instancias fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de parte de las instancias de la SADERy las que ésta determine.

CAPÍTULO IV

CRITERIOS TÉCNICOS DE SELECCIÓN

Artículo 12.- Criterios Técnicos de Selección

Conforme a la suficiencia presupuestaria serán elegibles para obtener el subsidio del programa los solicitantes que cumplan con lo siguiente:

I.      Ser pequeño productor de cultivos prioritarios.

II.     Cumplir con los requerimientos documentales en su totalidad mencionados en los requisitos de estos Lineamientos.

III.    Se dará preferencia a los productores de localidades de alta y muy alta marginación de la región sur – sureste.

IV.    Se dará prioridad a aquellos beneficiarios que cuenten con georreferenciación de los predios.

V.    Se dará prioridad a productores que hayan sido beneficiados con registro del PROAGRO Productivo y/o PIMAF en los ejercicios 2017 y 2018.

CAPÍTULO V

ANEXOS APLICABLES AL PROGRAMA

Artículo 13.- Anexos aplicables al Programa

ANEXO I.- Listado de documentos originales y copia que acreditan la legal propiedad de la superficie.

ANEXO II.- Solicitud de apoyo.

CAPÍTULO VI

VENTANILLAS

Artículo 14.- Apertura y cierre de ventanillas de recepción de solicitudes de apoyo

La apertura y cierre de ventanilla será conforme a lo establecido en el Artículo 9 de los presentes Lineamientos de Operación.

La Unidad Responsable podrá modificar las fechas o establecer nuevos periodos de acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de excepción que considere pertinentes, conforme a la suficiencia presupuestaria.

CAPÍTULO VII

MECÁNICA OPERATIVA DEL PROGRAMA

Artículo 15.- La mecánica operativa del Programa será la siguiente:

I.      El productor acude a la ventanilla a llenar la solicitud y entregar la documentación aplicable.

II.     El productor obtiene y completa la solicitud de apoyo, Anexo II.

III.    La ventanilla revisa la documentación, entrega número de folio al solicitante y señala el estatus en el SURI.

IV.    La Unidad Responsable dictamina y publica el listado de aquellos que hayan resultado sujetos de apoyo en la siguiente página: https://www.gob.mx/sader, y la difundirá a través de medios electrónicos.

V.    El beneficiario acudirá al CADER más cercano, con su número de Folio otorgado al realizar la solicitud del apoyo y con la credencial de elector para identificarse, donde se le otorgará el vale único.

VI.    La Unidad Responsable publicará los puntos de entrega para que los beneficiarios ubiquen el centro que indicará el vale único, esta lista será publicada en la página https://www.gob.mx/sader de la Secretaría y la difundirá a través de medios electrónicos.

VII.   Con el Vale Único el beneficiario acudirá al punto de entrega que indique este.

VIII.  En el punto de entrega se realizará la identificación del beneficiario mediante los medios electrónicos correspondientes escaneando el código QR y a su vez resguardará el Vale Único.

IX.    Una vez realizada la debida identificación del beneficiario, en el punto de entrega se procederá a la entrega de la cantidad de fertilizante que indique el código QR.

X.    El beneficiario corroborará la cantidad de fertilizante y realizará la firma de un acta de entrega y conformidad.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 16.- Supervisión

A efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del beneficiario y las Instancias Participantes en la Ejecución del Programa, se llevará a cabo la supervisión de éste en los términos que establezca la SADER.

Artículo 17.- Coordinación Institucional

La Unidad Responsable tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos jurídicos para la realización de acciones del Programa, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los centros o instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e internacionales, así como asociaciones civiles, entre otros.

Artículo 18.- Causas de baja en el Programa

I.      Incumplir con cualquier obligación, procedimiento o las condiciones que dieron origen a su calificación como sujeto elegible para el otorgamiento de los apoyos, señaladas en los presentes Lineamientos y a las que, en su caso, se estipulen en los instrumentos jurídicos celebrados;

II.     Aplicar el apoyo para fines distintos a los autorizados;

III.    Negarse a proporcionar a la SADER, a la Unidad Responsable, a la Secretaría de la de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación o a cualquiera otra instancia autorizada, las facilidades, la documentación e información que les soliciten dichas autoridades, con el fin de verificar la correcta aplicación y destino de los apoyos otorgados;

IV.    Falsear o presentar inconsistencias en la información proporcionada, en cualquier etapa del procedimiento;

V.    La falta de las acciones o actividades que le corresponda una vez dictaminada de manera positiva su solicitud de participación.

Artículo 19.- Quejas y Denuncias

Los beneficiarios y los ciudadanos en general podrán presentar por escrito sus quejas y denuncias, con respecto a la ejecución de los presentes Lineamientos directamente ante el Órgano Interno de Control en la SADER, en las Representaciones, en las oficinas de los Órganos Internos de Control de los Órganos Administrativos Desconcentrados y de las Entidades Coordinadas por la SADER, el Órgano Estatal de Control y, en su caso, el Órgano Municipal de Control, así como en los Módulos de Quejas y Denuncias correspondientes.

Artículo 20.- Auditoría

Los recursos del Programa podrán ser auditados por la Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en la SADER, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.

TRANSITORIOS

PRIMERO. -Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Para la operación del Programa será aplicable lo señalado en el “Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2019.

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.

Anexo I
Listado de documentos originales y copia que acreditan la legal propiedad de la superficie.

1.     Superficies Comunales o Ejidales.

a.     Certificado de Tierras de Uso Común.

b.     Certificado Parcelario.

c.     Contrato de Usufructo, registrado ante el Registro Agrario Nacional.

d.     Contrato de Arrendamiento de tierras Comunales o Ejidales a terceros, registrado ante el Registro Agrario Nacional.

e.     Acta de Asamblea Ejidal registrada ante el Registro Agrario Nacional que sustente la superficie asignada.

f.      No se aceptará ningún documento que NO cuente con el registro ante el Registro Agrario Nacional.

2.     Superficies Pequeña Propiedad y Privadas.

a.     Título de Propiedad.

b.     Escritura Pública con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

c.     Contrato de Usufructo con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

d.     Contrato de Arrendamiento con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

e.     Contrato de Comodato con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.


Anexo II
Solicitud de Apoyo

  Acuse estatal

          

 PROGRAMA: __________________________________                                            Año: _______________Datos del Solicitante

 Hombre MujerPoblación Indígena: Si________ No________

 Primer Apellido _____________ Segundo Apellido ____________ Nombre (s) ______________CURP:

                  

 Estado: ___________________ Municipio: ___________________ Localidad________________Documentos con los que cuenta

Identificación OficialSi No 
CURPSi No 
Comprobante de domicilioSi No 
Documento que ampare la legal propiedad de la tierraSi No 

Tipo de documento que acredite la legal propiedad de la tierra

1.- Superficies Comunales o Ejidales
a) Certificado de Tierras de Uso Común
b) Certificado Parcelario
c) Contrato de Usufructo, registrado ante el Registro Agrario Nacional.
d) Contrato de Arrendamiento de tierras Comunales o Ejidales a terceros, registrado ante el RAN
e) Acta de Asamblea Ejidal registrada ante el RAN que sustente la superficie asignada
f) No se aceptará ningún documento que NO cuente con el registro ante el RAN
2.- Superficies de Pequeña Propiedad y Privadas
a) Título de Propiedad
b) Escritura Pública con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
c) Contrato de Usufructo con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
d) Contrato de Arrendamiento con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
e) Contrato de comodato con registro ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio

Componentes e incentivos (Conceptos de apoyo) solicitados:

CultivoSuperficie ha
Maíz Frijol
 Arroz
 

 Cantidad solicitada en ___________kg

Datos de la Ventanilla

CADER: ________________________________

DDR: ______________________________________________________________________________
FIRMA
______________________________

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *