domingo , 30 diciembre 2018
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ACUERDO que modifica al diverso mediante el cual se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

PRIMERA SECCIÓN

PODER EJECUTIVO

Viernes 28 de diciembre de 2018

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

ACUERDO que modifica al diverso mediante el cual se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción V, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 31, 32 y 33 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; y 5 fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el 5 de junio de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo mediante el cual se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada”, mediante el cual se dio a conocer a los interesados los montos del cupo, los requisitos para la presentación de solicitudes de asignación y la vigencia, misma que resulta ser el 31 de diciembre de 2018.

Que la medida fue establecida con el objeto de evitar la desestabilización del mercado de carne de cerdo, mejorar los niveles de oferta y proteger a los consumidores, lo anterior ante la eliminación de los aranceles preferenciales a la importación de dicho producto originario de los Estados Unidos de América, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2018.

Que la producción de carne de cerdo en México es insuficiente para satisfacer el consumo en nuestro país, toda vez que el Consumo Nacional Aparente (CNA) registró en el periodo 2010-2017 una Tasa Media de Crecimiento Anual (TMCA) de 3.9%; que la producción de carne de cerdo registró una TMCA en el periodo 2010-2017 de 3.0%; que las exportaciones de dicho producto presentaron una TMCA en el periodo 2010-2017 de 12.3%, ya que estas últimas son producción nacional destinada al mercado exterior, lo que implica que su mayor dinamismo, respecto al de la producción nacional, han impactado negativamente la disponibilidad de carne de cerdo en el mercado nacional; que las importaciones de carne de cerdo en el periodo 2010-2017registraron un TMCA de 7.1% y que durante el periodo enero-septiembre de 2018 el CNA de carne de cerdo registró 1 millón 653 mil toneladas métricas y la producción nacional 1 millón 97 mil toneladas métricas, lo que significó un crecimiento, respecto al mismo periodo en 2017, de 6.9% en el consumo y 4.1% en la producción.

Que de acuerdo con el análisis realizado por la Secretaría de Economía, a partir de información del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, y con información de cifras oportunas de la balanza comercial de mercancías de México 2003-2018, las importaciones de carne de cerdo en el periodo enero-noviembre de 2018 registraron un monto de 811 mil 600 toneladas métricas, que equivalió al 39.6% del CNA, y que significó un aumento del 11.9% respecto al mismo periodo en 2017.

Que las importaciones en el periodo 2010-2017 han reflejado estacionalidad en los meses de enero, noviembre y diciembre, y por lo que respecta a las importaciones en el mes de enero se observa un índice de estacionalidad de 1.094, cifra que representa un nivel de importación de 9.4% más que el promedio anual.

Que es necesario establecer un monto de cupo durante el primer mes de 2019, con el propósito de mantener el abasto de la carne de cerdo en el país a fin de favorecer la disponibilidad de este producto en beneficio de las familias.

Que conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, la medida a que se refiere el presente ordenamiento cuenta con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior, por lo que se expide el siguiente:

ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL CUPO PARA
IMPORTAR, CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, CARNE DE CERDO FRESCA, REFRIGERADA Y CONGELADA

Primero.- Se reforman la tabla del punto Primero, el inciso “e”, fracción I del punto Quinto y los puntos Octavo, Noveno y Décimo Segundo del Acuerdo mediante el cual se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2018, como a continuación se indica:

“Primero.- …

Fracción
arancelaria

Descripción

Monto y periodo

0203.12.01

Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar.

91,543 toneladas

Al 31 de enero de 2019.

0203.19.99

Las demás.

0203.22.01

Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar.

0203.29.99

Las demás.

Quinto.- …

I.- …

a. al d. …

e. Carta bajo protesta de decir verdad en la que se indiquen los consumos totales en el año inmediato anterior, de la mercancía, señalando si las importaciones son directas o se realizaron a través de un tercero. En caso de que se hayan realizado por un tercero se deberá señalar y desglosar la empresa que realizó la importación y el monto, anexando facturas que comprueben la compraventa.

II. …

Octavo.- El certificado de cupo es nominativo e intransferible. Los beneficiarios podrán devolver la asignación que no vayan a utilizar a fin de que la Secretaría de Economía reasigne el cupo bajo la modalidad de primero en tiempo, primero en derecho, para lo anterior se publicará el monto disponible y la fecha de apertura de la ventanilla en la página www.snice.gob.mx.

Noveno.- La vigencia de los certificados de cupo a que se refiere este Acuerdo será la señalada por el periodo indicado en la tabla del punto primero del presente Acuerdo.

Décimo segundo.- La información de las solicitudes de asignación de cupo y de certificados de cupo será pública en el portal de transparencia en la página electrónica www.snice.gob.mx”

Segundo.- Se reforma el transitorio primero del Acuerdo mediante el cual se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada, publicado el 5 de junio de 2018.

“Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá su vigencia el 31 de enero de 2019.”

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Los beneficiarios del cupo asignado en 2018, accederán al monto del cupo señalado en el punto Primero del Acuerdo que se modifica por virtud del presente instrumento, para lo cual se considerarán las solicitudes ingresadas y autorizadas en 2018, en los mismos términos en los que fueron presentadas, y el procedimiento establecido en el punto Cuarto del citado instrumento que se reforma a través del presente Acuerdo.

La Secretaría de Economía publicará al día hábil siguiente de la entrada en vigor del presente en el Diario Oficial de la Federación, el aviso mediante el cual se dé a conocer el monto asignado a cada beneficiario en la página electrónica www.snice.gob.mx.

Para el caso de lo referido por el inciso e) fracción I, los beneficiarios del cupo podrán presentar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del aviso, lo referente a las importaciones de las fracciones arancelarias 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.22.01 y 0203.29.99, realizadas a través de un tercero.

Tercero.- En relación con Acuerdo por el que se suspenden las labores de la Secretaría de Economía durante el periodo que se indica, y con fundamento en lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se habilitan los días 2, 3 y 4 de enero de 2019, únicamente para efectos de recibir las solicitudes referidas en el punto Sexto del Acuerdo que se reforma por virtud del presente instrumento.

Ciudad de México, a 26 de diciembre de 2018.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.

 

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